Preguntas frecuentes sobre administración de fincas
En esta sección encontrarás respuesta a las preguntas más habituales que tienen nuestros clientes antes de contratar un servicio de administración de fincas. Si no encuentras lo que buscas, puedes contactarnos directamente. Estamos en Cádiz y te atendemos sin compromiso.
¿Quién convoca las juntas?
¿Cáda cuánto tiempo hay que celebrar una reunión ordinaria?
¿Cómo puedo incluir un punto a tratar en una reunión?
¿Pueden negarme el derecho a voto?
Los propietarios con deudas en la comunidad pierden su derecho a voto en las juntas, según el Artículo 15.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. Esto asegura que solo quienes están al día en sus pagos participen en las decisiones.
¿Puedo negarme a ser presidente de mi comunidad?
Esta pregunta es muy habitual. Y la respuesta es, No. Los propietarios no pueden negarse a asumir el cargo de presidente de la comunidad. Según lo establecido en el Artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, todos los propietarios están obligados a aceptar el cargo si resultan elegidos, salvo que presenten una causa justificada que respalde su renuncia.
¿Puedo renunciar a ser presidente de la comunidad?
¿Qué puedo votar en una junta de propietarios?
¿En qué casos puedo impugnar un acuerdo?
Un acuerdo de junta puede impugnarse si infringe la Ley o los estatutos, causa perjuicio grave, supone abuso de derecho o favorece injustamente a algunos propietarios. Esto lo regula el Artículo 18.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
¿Qué tipos de mayorías existen?
En una junta de propietarios existen distintos tipos de mayorías, según la naturaleza del asunto a tratar. Estas incluyen la unanimidad, la mayoría cualificada del 60% o de 3/5, la mayoría simple , el voto favorable del 33% o 1/3 de propietarios, y la mayoría de asistentes y representados.
Esta variedad de mayorías permite adaptar el proceso de decisión según la importancia del asunto, lo que permite una toma de decisiones justa y adaptada a cada caso.